Ley de Ministerios Artículo 18 Provincia de Río Negro
Ley de Ministerios Río Negro
Artículo 18. Competencia del Ministerio de Educación y Derechos Humanos
Compete al Ministerio de Educación y Derechos Humanos asistir al Gobernador en todo lo atinente a la gestión política en las áreas de educación y derechos humanos y, en particular:1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos de su área elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo, procurando que el sistema educativo mantenga la centralidad pedagógica.
3. Ejercer la presidencia del Consejo Provincial de Educación, pudiendo delegar la misma, eventual y temporariamente, en otro integrante del cuerpo.
4. Intervenir en la planificación, regulación y control de los servicios educativos provinciales en todos sus niveles y modalidades.
5. Administrar los recursos destinados a la educación por el Estado provincial, asignando los fondos correspondientes a las diversas unidades administrativas que integran el sistema educativo.
6. Intervenir en las relaciones académicas con la Universidad Nacional de Río Negro, la Universidad Nacional del Comahue y otras universidades.
7. Entender en lo atinente a residencias universitarias.
8. Entender en lo atinente a la capacitación y formación continua de los docentes de los diferentes niveles educativos.
9. Intervenir y coordinar con los ministerios y demás dependencias del Poder Ejecutivo, los proyectos, programas y acciones en el aspecto educativo en todos los órdenes.
10. Entender en la protección de los derechos y garantías de los ciudadanos, procurando garantizar el pleno ejercicio de las libertades y de los derechos humanos de los habitantes de la provincia.
11. Entender e intervenir en la ejecución y mantenimiento de los proyectos de infraestructura que se realicen en bienes inmuebles destinados al funcionamiento de edificios escolares.
12. Entender en la gestión del Instituto Universitario Patagónico de las Artes (IUPA).
13. Coordinar la vinculación de las instituciones del sistema educativo con la comunidad.
14. Entender en las relaciones institucionales con la Universidad Nacional de Río Negro, la Universidad Nacional del Comahue y otras universidades.
Provincia de Río Negro Artículo 18 Ley de Ministerios
Mejores juristas





Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
Todas las multas prescriben, ojo con que quieran cobrarte una multa (en este caso por mal estacionamiento) que ya se encuentra prescripta.
En cuanto a la multa por no contar con la VTV al día, podés presentar descargo (hay plazos).
Buenas tardes, me multaron y me retuvieron la licencia por no tener al día la VTV, a pesar de tener un turno para realizarla. Fue la primera vez. Además de ello, cuando fui a pagar la multa me dijeron que primero debía pagar una multa anterior menor por mal estacionamiento de hace más de 2 años. Y hasta no pagar ambas no me dan la licencia. Tiene base legal todo esto?
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios