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Ley de Ministerios Artículo 15 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Ministerios Río Negro
Artículo 15. Competencia del Ministerio de Seguridad y Justicia

 Compete al Ministerio de Seguridad y Justicia asistir a la Gobernadora en todo lo inherente a la seguridad, al orden público y al ejercicio pleno de los principios y garantías constitucionales y, en particular:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos de su área elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.

3. Entender en la promoción y en las cuestiones institucionales en que estén en juego los derechos y garantías relacionados a la seguridad física, patrimonial y jurídica de los habitantes de la provincia.

4. Entender en todo lo concerniente a la organización y dirección de la Policía de Río Negro.

5. Entender en todo lo referente a la gestión del sistema penitenciario y a la conmutación de penas.

6. Entender en el ámbito de su competencia lo referido a la asistencia de presos y liberados.

7. Entender en todo lo atinente a la defensa civil.

8. Entender en las relaciones institucionales con el Poder Judicial.

9. Gestionar el sistema de fiscalización de rutas y caminos, a través de la Agencia de Seguridad Vial y en coordinación con las áreas competentes.



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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