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Ley de Ministerios Artículo 14 Provincia de Río Negro


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley de Ministerios Río Negro
Artículo 14. Competencia del Ministerio de Gobierno y Comunidad

 Compete al Ministerio de Gobierno y Comunidad asistir a la Gobernadora en todo lo inherente al gobierno político interno, al orden público y al ejercicio pleno de los principios y garantías constitucionales, procurando asegurar y preservar el sistema republicano y democrático de gobierno y, en particular:

1. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.

2. Ejecutar los planes, programas y proyectos de su área elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo.

3. Entender en las cuestiones institucionales en que estén en juego los derechos y garantías de los habitantes de la provincia.

4. Intervenir en la cuestión de los límites de la provincia, tratados interprovinciales, convenios y cuestiones regionales.

5. Coordinar las acciones que disponga el Poder Ejecutivo vinculadas con otras provincias que impliquen la generación de proyectos de integración económica o funcional.

6. Entender en las relaciones institucionales con los municipios y las comunas.

7. Entender en todo lo atinente al funcionamiento de las Comisiones de Fomento.

8. Entender en todo lo atinente al régimen de las personas jurídicas de la provincia, al régimen del estado civil y de capacidad de las personas, al régimen notarial y de la Escribanía General de Gobierno, al régimen del Registro de la Propiedad Inmueble y al Registro de los Contratos Públicos.

9. Intervenir en la gestión de políticas de equiparación y reconocimiento tendientes a eliminar los obstáculos sociales, políticos y económicos, promoviendo la igualdad de posibilidades.

10. Intervenir en la gestión de políticas públicas con perspectiva de género en coordinación con las distintas áreas competentes del Estado.

11. Entender en las relaciones institucionales con los pueblos originarios.

12. Entender en todo lo atinente al régimen electoral y en las relaciones institucionales con los partidos políticos.

13. Entender en todo lo referido al régimen de las tierras fiscales de la provincia, como así también en lo concerniente al ordenamiento de la ocupación y uso del suelo.

14. Diseñar, coordinar y evaluar programas interministeriales, interorganizacionales e interjurisdiccionales, en concurrencia con las áreas con competencias afines.

15. Proponer y presidir comisiones interministeriales que hagan a la mejor ejecución, coordinación y control de gestión de los planes, programas y políticas estratégicas emanadas del Poder Ejecutivo.

16. Entender y coordinar todo lo relativo al sistema provincial de innovación, ciencia y tecnología y en lo concerniente a las empresas estatales y organismos descentralizados afines, en especial la Agencia de Innovación y Economía del Conocimiento "Río Negro Innova".

17. Intervenir y reglamentar las políticas públicas de modernización del Estado y la optimización de los procesos administrativos en la búsqueda del mejoramiento de los servicios a los ciudadanos.

18. Entender en la gestión y supervisión de INVAP INGENIERIA Sociedad Anónima, e INVAP Sociedad del Estado.

19. Entender en la difusión de los actos de gobierno y política de comunicación del Estado y oficiar como órgano de aplicación de las políticas relativas a la comunicación digital, radiodifusión, televisión y espectro de frecuencias.

20. Entender y supervisar la gestión de Radio y Televisión Río Negro Sociedad del Estado.

21. Promover la comunicación interactiva del Estado con la ciudadanía, monitoreando en forma permanente la opinión de los ciudadanos en relación con las políticas implementadas desde todos los ministerios.

22. Intervenir y entender, en coordinación con las áreas competentes, en el fomento, control y fiscalización de las diferentes modalidades de asociativismo contempladas en la legislación vigente.

23. Entender, en coordinación con las áreas pertinentes, respecto de la promoción, planificación y ejecución en la formación y capacitación de jóvenes dirigentes políticos.

24. Entender, en coordinación con los organismos pertinentes, en la ejecución de las políticas públicas para garantizar el acceso al suelo urbanizado de aquellos rionegrinos y rionegrinas que se ven imposibilitadas de hacerlo.

25. Implementar y coordinar, junto a los organismos específicos, las políticas vinculadas a la regularización dominial de los inmuebles con destino a vivienda única en situación irregular.

26. Entender en el ámbito de su competencia y en coordinación con otras áreas competentes, lo referido a la prevención y rehabilitación del abuso y consumo de sustancias psicoactivas y de otras prácticas de riesgo adictivo. (APASA).

27. Entender en todo lo relativo al posicionamiento de la Provincia como plaza de atractivo para la inversión productiva privada nacional y extranjera, para impulsar las áreas productivas y los sectores estratégicos, en conjunto con los distintos organismos del Ejecutivo Provincial y en especial con la Agencia de Inversiones "Río Negro Invierte".



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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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