Ley complementaria permenente de la ley anual de presupuesto del H. Senado Artículo 25 Provincia de Buenos Aires
Ley complementaria permenente de la ley anual de presupuesto del H. Senado Buenos Aires
Artículo 25. OBRAS PUBLICAS
Establécese que el estudio, la ejecución y/o fiscalización de las obras públicas que se efectúen en jurisdicción del H. Senado, se llevarán a cabo a través de sus oficinas técnicas competentes, para lo cual, la Presidencia o funcionario en quien delegue, ejercerá todas las facultades que la Ley General de Obras Públicas de la Provincia le acuerda al Poder Ejecutivo, estando a su cargo la autorización de los llamados y la aprobación de las contrataciones de las obras a llevar a cabo.
Las disposiciones de la Ley General de Obras Públicas y las Cláusulas Generales y Particulares de los Pliegos de Bases y Condiciones, regirán todos los aspectos vinculados con tales contrataciones.
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sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
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La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
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Creación del Camino de la Producción Serrana de Paravachasca como Producto Turístico Histórico Cultural Córdoba Artículo 5. Regularizacion Dominial Mendoza Artículo 10. Adhesión de la provincia a la ley nacional 25.856 Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 4. Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana Córdoba Artículo 8. Créase el Registro Provincial de Huellas Genéticas Digitalizadas Chubut Artículo 5. Naturaleza de los datosPublique la información de sí mismo
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