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Estatuto del Docente Artículo 22 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 09/12/2025

Estatuto del Docente Santiago del Estero
Artículo 22.

Se beneficiará el curso escolar al mayor número de aspirantes, sin perjuicio de que por razones de conveniencia de la enseñanza las suplencias de un mismo grado o sección recaigan en un solo suplente.

REG. del mismo: I) Conocida la necesidad de personal suplente o interino, Inspección General procederá a designar los docentes por estricto orden de lista. Este procedimiento usarán los directores de cada establecimiento.

II) No podrá alterarse el orden de lista en la designación salvo en los casos siguientes:

a) Cuando la o el aspirante se hubiere desempeñado durante el curso escolar, en la misma escuela, turno y grado;

b) Cuando renuncie a la designación. El aspirante que rechazare la designación de suplente o interino, sin causa debidamente justificada, no podrá ser designado nuevamente hasta tanto sea agotada la lista.

Provincia de Santiago del Estero Artículo 22 Estatuto del Docente
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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consulte y despeje sus dudas.




Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.


esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''


Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?

Muchas gracias y espero su espuesta.


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