Créase el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad Nacional
Créase el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad Nacional
- Artículo 1. Creación y objetivos
- Artículo 2. Modalidades del Empleo Protegido y Organismos Responsables
- Artículo 3. Se denominará Taller Protegido Especial para el Empleo (TPEE) aquél que...
- Artículo 4. Se considerará Taller Protegido de Producción (TPP) aquél que desarrolle...
- Artículo 5. Se considerarán Grupos Laborales Protegidos (GLP) a las secciones o células...
- Artículo 6. Conforme lo determine la reglamentación, los Organismos Responsables de los...
- Artículo 7. Beneficiarios. Podrán incorporarse a las distintas modalidades del presente...
- Artículo 8. Previo al inicio de la relación con el Organismo Responsable de un Taller...
- Artículo 9. Personal de Apoyo
- Artículo 10. Caracterización y Requisitos
- Artículo 11. Obligaciones de los Talleres Protegidos Especiales para el Empleo (TPEE)
- Artículo 12. Obligaciones de los Trabajadores con Discapacidad de los Talleres Protegidos...
- Artículo 13. Régimen de trabajo especial
- Artículo 14. Caracterización y Requisitos
- Artículo 15. Obligaciones de los Talleres Protegidos de Producción (TPP)
- Artículo 16. Caracterización y Requisitos
- Artículo 17. Creación
- Artículo 18. Exclusión
- Artículo 19. Prestaciones
- Artículo 20. Requisitos
- Artículo 21. Aportes y Contribuciones
- Artículo 22. Financiamiento
- Artículo 23. Compatibilidad
- Artículo 24. Sistema de Reciprocidad
- Artículo 25. Aplicación del Régimen General
- Artículo 26. Estímulos
- Artículo 27. La autoridad de aplicación deberá diligenciar la incorporación de las...
- Artículo 28. Infracciones y Penalidades
- Artículo 29. El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social será la autoridad de...
- Artículo 30. Comisión Permanente de Asesoramiento
- Artículo 31. Deducción Especial
- Artículo 32. Exención de Impuestos
- Artículo 33. Compras del Organismo Responsable
- Artículo 34. Operatoria Comercial. Organismos Responsables
- Artículo 35. Condonación de Deuda
- Artículo 36. Facúltase al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas y a la...
- Artículo 37. Disposiciones Transitorias
- Artículo 38. Adhesiones
- Artículo 39. Vigencia y Derogación
- Artículo 40. A los efectos de la implementación inmediata del régimen establecido en la...
- Artículo 41. Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES...
Otras regulaciones
Día Nacional por una Argentina sin Chagas Ley de Marcas Patrimonio de los partidos políticos. Fondo Partidario Permanente. Financiamiento privado y para las campañas electorales. Limitación de gastos. Control del financiamiento. Disposiciones complementarias. Disposiciones generales Organización de la justicia nacional y federal en todo el territorio Armas de fuego. Emergencia nacionalMejores juristas





Tengo una ebarcacion del año 1980, nunca se dio el alta en arba . Me intiman para que lo haga. La he comprado hace 10 años . Y tengo la matricula que es el dominio registral. Ya tiene 20 años , debo hacerlo?
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Si voy a conducir en la provincia de Córdoba un vehículo que no es mío y el propietario no viaja, pero la tarjeta verde no está vencida es necesario tener un permiso?
No encuentro el inciso i) del Artículo 5.3.2 que está citado en el Decreto 2/20 de CABA
Hola, me gustaría saber cual es el impuesto que debo cancelar si yo estoy importando utensilios de cocina de plástico, ya que no me queda claro en que parte de la ley puedo conocer ese monto.
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