Imprimir

Créase el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad Artículo 34 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025

Créase el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad Nacional
Artículo 34. Operatoria Comercial. Organismos Responsables

Situación frente al Impuesto al Valor Agregado. Los Organismos Responsables que implementen las modalidades de empleo protegido conforme al artículo 2°, incisos 1 y 2 de la presente, registrados y habilitados por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social podrán optar por inscribirse en el Impuesto al Valor Agregado y determinar el impuesto conforme a las normas generales de la ley del tributo, cuando ello resulte necesario por cuestiones de operatoria comercial y/o competitividad.

En tales casos, no resultará de aplicación la exención del Impuesto al Valor Agregado prevista en el artículo 32 ni la devolución contemplada en el artículo 33.
 



Nacional Artículo 34 Créase el Régimen Federal de Empleo Protegido para Personas con Discapacidad
Artículo 1 ...32 33 34 35 36 ...41

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web



Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse