Creación del Consejo Provincial de Discapacidad (COPRODIS) (Creación del Consejo Provincial de Discapacidad) Provincia del Chubut
Creación del Consejo Provincial de Discapacidad (COPRODIS) Provincia del Chubut
- Artículo 1. Créase el Consejo Provincial de Discapacidad (CoProDis) en el ámbito de la...
- Artículo 2. El Consejo Provincial de Discapacidad estará integrado por funcionarios...
- Artículo 3. Se conformarán Consejos Regionales con representantes de los Consejos...
- Artículo 4. Son objetivos del Consejo Provincial de Discapacidad: a) Preservar el...
- Artículo 5. Son funciones del Consejo Provincial de Discapacidad, las de: a)...
- Artículo 6. Son atribuciones del Consejo Provincial de Discapacidad: a) Dictar su...
- Artículo 7. El Consejo Provincial de Discapacidad estará integrado por miembros...
- Artículo 8. El Poder Ejecutivo realizará la compensación de partidas presupuestarias...
- Artículo 9. Cláusula Transitoria. Dispóngase un plazo de ciento ochenta (180) días a...
- Artículo 10. Abróguese la Ley I N° 294 (Antes Ley 5375).
- Artículo 11. LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Régimen de abstención del débito laboral Declaración de estado de emergencia económica, financiera y administrativa Ley de Emergencia Económica Suspensión de la actividad minera metalífera Incremento de la suma de erogaciones del Presupuesto General de la Administración ProvincialMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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