Constitución Artículo 82 Provincia de Santiago del Estero
Constitución Santiago del Estero
Artículo 82. Junta de Calificaciones y Clasificaciones
Las Juntas de Calificaciones y Clasificaciones, una por cada nivel y con las funciones que la reglamentación establezca, estarán integradas por cinco docentes con una antigüedad mínima de diez años en el ejercicio de la profesión: dos designados por el Poder Ejecutivo y tres elegidos democráticamente por sus pares mediante el sistema proporcional de sufragios. Los vocales electos durarán cuatro años en sus cargos y podrán ser reelegidos por una sola vez.
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Si mi empleador se va a vivir al extranjero que me corresponde como indemnización. He trabajado con retiro durante 15 años. Me está avisando con 3 meses de antelación
Una "amiga" esta difundiendo por redes sociales una decisión personal que tome de mi sexualidad, ¿se puede hacer algo al respecto?
Era una decisión de la cual solo sabia mi madre, mi pareja y ella
Por falta de casco de acompañante de moto te pueden secuestrar la moto?
el turno vespertino enestudios superiores a partir de qué hora es? en dónde está explicitado?
Si la caducidad de instancia no procede en segunda instancia, qué se hace con un expediente que lleva más de un año sin compulsarse por quien interpuso el recurso?? Soy de Mendoza
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