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Constitución Artículo 221 Provincia de Santiago del Estero


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/07/2024

Constitución Santiago del Estero
Artículo 221. Recursos municipales

Los recursos municipales se formarán con:

1. Los fondos provenientes de la coparticipación federal y provincial.

Los primeros no podrán ser inferiores al quince por ciento (15 %) y los segundos al veinticinco por ciento (25%) de los de recaudación provincial.

2. Los impuestos, tasas, contribuciones y demás tributos municipales establecidos en la jurisdicción respectiva, que respeten los principios constitucionales de la tributación y la armonización con el régimen impositivo federal y provincial.

3. Lo que le pudiere corresponder por percepción de impuestos cuyo cobro le sea delegado por la Nación o la Provincia.

4. Los precios públicos, derechos, patentes, multas, permisos, licencias, el proveniente de concesiones, ventas o locaciones de bienes del dominio municipal y todo otro ingreso de capital originados por la actividad económica que el municipio realice.

5. Los fondos provenientes de empréstitos, los que tendrán como objetivo específico la realización de obras o servicios públicos o la conversión de deuda ya existente. La amortización de capital e intereses no podrá exceder el veinte por ciento (20%) de los recursos anuales totales; sólo con autorización del Poder Legislativo podrá superarse el límite anterior.

6. Donaciones, legados, subsidios y demás aportes que reciba.

7. Los inmuebles fiscales situados dentro del ejido municipal, excepto los que estuvieren inscriptos a nombre de la Nación o la Provincia.

8. Cualquier otro ingreso que establezca la ley.



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ponga su auto a nombre de otra persona. Que la financiera inicie juicio y alli ud aregla por un porcentaje de jubilacion un plan de pago a una tasa razonable


Buen día tengo deuda con financiera de 200 mil pesos hace 4 meses soy jubilada de mínima y certificado de discapacidad está empresa me intima a pagar 700 mil art1574 cpccnn tango un auto vutejoto con logo que transporta a discapacitado y está es mi pregunta me lo pueden quitar , xq es el medio con que me trasladan. Gracias


Buenas tardes tengo deudas que superan los 22 millones de pesos actualmente gano un salario basico y las deudas tiene 743 dias 2 años se me notifico de un embargo pero no tengo bienes solo un salario basico a cuanto tiempo prescriben estas deudas sabiendoque son creditos de bancos y tarjetas de credito gracias.


Buenas tardes!!! Solicito información sobre recupero de la licencia anual 309 A por encontrarme en uso licencia 309 B2. Cuándo se realiza la solicitud de recupero? Gracias.


Buenas tardes. Gracias por informarnos. Hemos actualizado este código.


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