Constitución Artículo 267 Provincia de San Luis
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/03/2025
Constitución San Luis
Artículo 267. Requisitos para ser elegidos
Para ser elegido intendente municipal, concejal, presidente de comisión, miembros del concejo de vecinos o intendente comisionado, se requiere: 1) Estar comprendido en el padrón respectivo del municipio.2) Cumplir los requisitos exigidos para ser diputado provincial.
3) Para los intendentes municipales, se requiere además tres a±os de residencia inmediata y efectiva en el municipio.
Provincia de San Luis Artículo 267 Constitución
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Invitado
27/02/25 17:11:55
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Invitado
07/02/25 20:35:11
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
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