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Constitución Artículo 98 Provincia de Formosa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Constitución Formosa
Artículo 98.

El Estado provincial podrá crear o reconocer el nivel universitario de la educación. La presencia de instituciones educativas universitarias en la comunidad formoseña será objeto de promoción y apoyo en término de su accionar específico, de sus vínculos con los demás actores y sectores sociales, de su inserción y contribución a los procesos de desarrollo económico y social, científico y tecnológico.

Asimismo velará por la preservación de la identidad y de la originalidad de las instituciones universitarias integradas al territorio provincial, en tanto se constituyan como espacio específico de construcción y socialización de saberes, de autonomía de pensamientos, de producción científica cualitativa, de articulación, de vinculación tecnológica con los sectores de la producción y el trabajo, y se conjuguen con las demandas sociales de crecimiento y bienestar; sirviendo al Pueblo que la sustenta sin perder su autonomía, entendida ésta como derecho que pertenece a la comunidad y que le permite a la institución universitaria cumplir sus funciones como depositaria de una tarea eminentemente pública.

Provincia de Formosa Artículo 98 Constitución
Artículo 1 ...96 97 98 99 100 ...189

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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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