Constitución Artículo 83 Provincia del Chaco
Constitución Chaco
Artículo 83. Fondos propios la educación
El fondo de la educación estará formado por:
1) El treinta y tres por ciento, como mínimo, de los recursos que ingresen al Tesoro Provincial, por el régimen de coparticipación federal y tributarios propios.
2) Los impuestos y demás contribuciones especiales que establezcan la Legislatura y los municipios.
3) Los aportes del Estado Nacional y los provenientes de acuerdos que celebre la Provincia.
4) Las herencias vacantes, legados y donaciones.
5) Los demás recursos fijados por ley que aseguren el desenvolvimiento adecuado del área educativa.
La disposición y administración de los bienes y rentas estarán a cargo del ministerio del área.
Las rentas deberán ser depositadas directamente a su orden en instituciones de crédito oficial nacional, provincial o municipal, por su composición e integración de capital.
En ningún caso, los bienes y rentas afectados a la educación podrán ser objeto de ejecución o embargo.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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