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Código Tributario Artículo 57 Provincia de Catamarca


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Código Tributario Catamarca
Artículo 57. OMISION - MULTAS

Incurrirá en omisión y será sancionado con una multa graduable de un DIEZ POR CIENTO (10%) hasta un CIEN POR CIEN (100%) del monto de la obligación fiscal omitida culposamente, todo contribuyente o responsable que no pague total o parcialmente un tributo.

La sanción solo se aplicará cuando se haya ordenado el inicio del procedimiento de determinación de la obligación tributaria. La sanción prevista en esta norma se aplicará a los agentes de retención o de percepción respecto a la totalidad de los importes dejados de retener o percibir.

No corresponderá esta sanción cuando la infracción fuere considerada como defraudación, ni cuando fuere de aplicación un recargo especial establecido por este Código o por leyes tributarias especiales para un tributo en particular.

Provincia de Catamarca Artículo 57 Código Tributario
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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