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Código Procesal Penal Artículo 386 Provincia de Tucumán


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código Procesal Penal Tucumán
Artículo 386.

Conformidad del acusado. Antes de iniciarse la producción de la prueba, la defensa, con la conformidad del acusado presente, podrá pedir al juez que proceda a dictar sentencia de conformidad con la acusación, que no podrá referirse a un hecho distinto ni contener calificación más grave que la que motivó la apertura del juicio. Si la pena no excediere de seis (6) años de prisión, el juez dictará sentencia.

El juez deberá oír en todos los casos al imputado, debiendo éste manifestar si su conformidad ha sido prestada libremente y con conocimiento de sus consecuencias. Cuando el juez albergue dudas, decidirá la continuación del juicio.

Provincia de Tucumán Artículo 386 Código Procesal Penal
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


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