Código Procesal Penal Artículo 279 Provincia de Santa Fe
Código Procesal Penal Santa Fe
Artículo 279. Copia del acta
El Fiscal, o en su caso la Oficina de Gestión Judicial, tendrá la obligación de entregar al imputado o a su defensor, copia del acta que se labrara con motivo de su declaración o donde constara que ejerce el derecho de abstenerse de hacerlo.
Provincia de Santa Fe Artículo 279 Código Procesal Penal
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 173. Obligatoriedad Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 331. Deliberación Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 371. Titularidad Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 261. Instancia privada y antejuicio Código Procesal Penal Santa Fe Artículo 372. Juez competentePublique la información de sí mismo
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