Código Procesal Penal Artículo 149 Provincia de San Luis
Código Procesal Penal San Luis
Artículo 149. IGNORANCIA DEL IDIOMA Y DISCAPACIDADES
Si el testigo no supiere darse a entender por ignorar el español, ser sordomudo, o si fuere ciego, podrá designarse un intérprete cuando fuere necesario.-
Provincia de San Luis Artículo 149 Código Procesal Penal LEY VI-152, 3 de Septiembre de 2021
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si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
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