Código Procesal penal Artículo 550 Provincia de Misiones
Código Procesal Penal Misiones
Artículo 550. Actualizaciones
El Superior Tribunal de Justicia actualiza semestralmente los montos establecidos en el presente Código, con arreglo a los índices de precios mayoristas, nivel general, o indicadores que son dictados en su reemplazo, mediante informe de la Dirección Provincial de Estadísticas y Censos u organismo que lo sustituye. La primera actualización es efectuada en la oportunidad de entrar en funcionamiento el sistema procesal creado en el presente Código.
Provincia de Misiones Artículo 550 Código Procesal penal
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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