Código Procesal penal Artículo 186 Provincia de Misiones
Código Procesal Penal Misiones
Artículo 186. Denuncia ante el Agente Fiscal
El Agente Fiscal que recibe una denuncia debe formular inmediatamente requerimiento conforme al Artículo 197 del presente Código, o debe pedir que se desestime la misma o se la remita a otra jurisdicción.
Debe ser desestimada cuando los hechos referidos en ella no encuadran en una figura penal o cuando no se puede proceder.
Si el Agente Fiscal pide que la denuncia sea desestimada y el Juez no está conforme se debe proceder como dispone el Artículo 367 del presente Código.
Provincia de Misiones Artículo 186 Código Procesal penal
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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