Imprimir

Código Procesal penal Artículo 367 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 03/04/2025

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 367. Disconformidad

Si el Agente Fiscal solicita sobreseimiento o falta de mérito de la instrucción, el Juez que no está de acuerdo remite el proceso, por decreto fundado al Fiscal del Tribunal, quien dictamina con arreglo al Artículo 66 del presente Código en el término de tres (3) días.

Cuando el Fiscal del Tribunal se pronuncia por el sobreseimiento o la falta de mérito, el Juez dicta resolución en tal sentido. En caso contrario se corre vista del sumario a otro Agente Fiscal, el que formula el requerimiento de elevación a juicio de conformidad con los fundamentos del Superior.



Provincia de Misiones Artículo 367 Código Procesal penal
Artículo 1 ...365 366 367 368 369 ...553

Ver el artículo
Agregar un comentario
Los nuevos comentarios en el sitio web

Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?


El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar


Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas


Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias


buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse