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Código Procesal penal Artículo 333 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 04/04/2026

Código Procesal Penal Misiones
Artículo 333. Cancelación

La caución se cancela y las garantías son restituidas:

a) cuando el imputado, revocada la exención de prisión o la excarcelación, es constituido en prisión dentro del término que se le acordó;

b) cuando se revoque el auto de prisión preventiva, se sobresea en la causa, se absuelva al imputado o se le condene en forma condicional;

c) cuando el condenado se presenta a cumplir la pena impuesta o es detenido dentro del término fijado.



Provincia de Misiones Artículo 333 Código Procesal penal LEY XIV - NRO. 13, 16 de Enero de 2015
Artículo 1 ...331 332 333 334 335 ...553

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Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?


Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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consulte y despeje sus dudas.




En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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