Código Procesal Penal Artículo 374 Provincia del Chubut
Código Procesal Penal Chubut
Artículo 374. Legitimación
Derecho de recurrir el fallo de condena. Impugnación ordinaria. Doble conformidad- El imputado podrá impugnar la sentencia, en lo penal y en lo civil, en su caso, la aplicación de una medida de seguridad y corrección, la denegatoria de la suspensión del juicio a prueba y del procedimiento abreviado, ante la Cámara en lo Penal.
La impugnación deducida en contra de la sentencia atribuye directamente competencia a la Cámara en lo Penal para el conocimiento en concreto de la misma, de conformidad con el derecho de recurrir el fallo de condena [Artículo 75 (22), C.N. ; Artículo 8, 2 (h), CASDH ; Artículo 15 numeral 5, PIDCP ; Artículos 22 y 44, IV, C.Ch. ]. El derecho al recurso corresponde indistintamente al imputado y a su defensor y se interpondrá por escrito fundado en el plazo del artículo 382. El plazo comenzará a computarse desde la última notificación, sea ésta al imputado o a su defensor.
No podrán aducirse motivos formales para rechazar el mismo. En caso de duda, se presume que el imputado ha ejercido el derecho de impugnar la sentencia.
El derecho a ofrecer prueba se rige por el artículo 383.
Provincia del Chubut Artículo 374 Código Procesal Penal LEY XV - N° 9 (Antes Ley 5.478) 1 de Junio de 2010
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
buenas, puede decirme si se suprimio dentro del articulo 77, de la ley 24.449 de transito, "el margen de tolerancia técnico del 10% en radares" y si se puede pedir la nulidad de la multa en ese caso?
Leer de nuevo
Código Procesal Penal Salta Artículo 209. Notificació Código Fiscal Santa Cruz Artículo 75. Código Civil y Comercial Artículo 862. Aprobación Código Civil y Comercial Artículo 58. Investigaciones en seres humanos Código Tributario San Juan Artículo 1.Recomendados
Adhesión al DNU 576/2020, Titulos Uno, Dos y Tres en lo específicamente aplicable al Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio Provincia de San Juan Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 San Luis Artículo 86. Creación de la defensoría del pueblo Nacional Artículo 36. Presupuesto Ley de regulación de las pymes Nacional Artículo 3. Marco regulatorio de los vehículos gastronómicos Ciudad de Buenos Aires Artículo 23.Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios