Programa Distintivo de Calidad Artículo 11 Provincia del Chaco
Programa Distintivo de Calidad Chaco
Artículo 11.
El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley en el término de sesenta (60) días contados a partir de su promulgación.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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Código fiscal, percepción del ejercicio 2006 Buenos Aires Artículo 36. Código Procesal Penal Santiago del Estero Artículo 539. Solicitud Código Procesal Penal Santiago del Estero Artículo 389. Inspección judicial. Reconocimientos. Careos Código Procesal Civil y Comercial Chubut Artículo 691. PROCEDIMIENTOPublique la información de sí mismo
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