Código Procesal Contencioso Administrativo (Código Procesal Contencioso Administrativo) Provincia de La Pampa
Código Procesal Contencioso Administrativo Provincia de La Pampa
- Artículo 1. El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia conocerá y decidirá en...
- Artículo 2. La acción contencioso-administrativa procederá, entre otros supuestos que...
- Artículo 3. La acción contencioso-administrativa no procederá, respecto: a) De actos...
- Artículo 4. Toda actuación del Poder Ejecutivo se presume de tipo administrativo, salvo...
- Artículo 5. La competencia contencioso-administrativa es improrrogable, pero el...
- Artículo 6. La competencia o incompetencia, si no se hubieren opuesto excepciones,...
- Artículo 7. La competencia del Superior Tribunal de Justicia comprende la facultad de...
- Artículo 8. Los conflictos de competencia entre un tribunal ordinario de la Provincia y...
- Artículo 9. Para ser impugnados judicialmente por los administrados los actos de...
- Artículo 10. Habrá también acto definitivo que agote las instancias administrativas...
- Artículo 11. Si la Administración dictare su decisión y no la notificare dentro del plazo...
- Artículo 12. La reclamación administrativa previa no será necesaria si una norma expresa...
- Artículo 13. Si contra los actos definitivos que agoten las instancias administrativas,...
- Artículo 14. A los efectos de promover la acción contencioso administrativa contra la...
- Artículo 15. Los actos de contenido general sólo serán impugnables por las...
- Artículo 16. En los juicios contencioso-administrativos también podrán plantearse ante...
- Artículo 17. No será necesario el pago previo para interponer la ación procesal...
- Artículo 18. Las acciones procesales deberán limitarse a las cuestiones que fueron...
- Artículo 19. Todos los términos fijados por este Código son perentorios e improrrogables,...
- Artículo 20. Se contarán por días hábiles judiciales.
- Artículo 21. Se computarán desde el día hábil siguiente al de la notificación respectiva,...
- Artículo 22. Todo traslado o vista que no tenga establecido en este Código otro término...
- Artículo 23. La acción del administrado deberá promoverse dentro del plazo de...
- Artículo 24. No habrá plazos para accionar en los casos en que fueren actores la...
- Artículo 25. La demanda será deducida por escrito y contendrá: a) Nombre y apellido...
- Artículo 26. Deben acompañarse con el escrito de demanda: a) El instrumento que...
- Artículo 27. El Tribunal verificará si la demanda reúne los presupuestos procesales...
- Artículo 28. Presentada la demanda en forma, el Tribunal requerirá los expedientes...
- Artículo 29. Recibidos el o los expedientes administrativos, o vencido el plazo a que se...
- Artículo 30. Se declarará inadmisible el proceso, por: a) No ser susceptible de...
- Artículo 31. Sin perjuicio de lo que se expone en el artículo siguiente acerca de la...
- Artículo 32. El Tribunal sólo podrá pronunciarse sobre su competencia para entender en la...
- Artículo 33. Admitido el proceso, se correrá traslado de la demanda, con citación y...
- Artículo 34. La demanda se notificará: a) Si se accionare por actos imputables a:...
- Artículo 35. La contestación de la demanda se efectuará por escrito y contendrá, en lo...
- Artículo 36. Al contestar, la demandada podrá alegar hechos que se opongan a los...
- Artículo 37. De la contestación de la demanda se dará traslado a la actora por cinco (5)...
- Artículo 38. Dentro de los primeros nueve (9) días de plazo para contestar la demanda, el...
- Artículo 39. En el escrito en que se opongan las excepciones se deberá también ofrecer...
- Artículo 40. La interposición de excepciones previas suspende el plazo para contestar la...
- Artículo 41. Del escrito en que se interpongan excepciones, se correrá traslado al...
- Artículo 42. Si las excepciones fueren desestimadas, o fueren subsanadas las deficiencias,...
- Artículo 43. Procederá la producción de prueba siempre que se hubieren alegado hechos...
- Artículo 44. Vencido el plazo señalado en el artículo 37, dentro de los tres (3) días...
- Artículo 45. No será causal de recusación para los peritos la circunstancia de que sean...
- Artículo 46. Los actos emanados de agentes estatales en ejercicio de sus funciones...
- Artículo 47. Los agentes estatales no podrán ser citados para absolver posiciones por...
- Artículo 48. Si no hubiere hechos controvertidos y el Tribunal no considerase necesario...
- Artículo 49. Habiéndose producido prueba y no quedando ninguna pendiente, los autos se...
- Artículo 50. La sentencia debe ser pronunciada dentro del plazo de treinta (30) días,...
- Artículo 51. La sentencia deberá contener todos los requisitos formales y substanciales...
- Artículo 52. Cuando la sentencia acogiere la acción, hará lugar a la protección del...
- Artículo 53. Contra la sentencia definitiva podrán deducirse los recursos de aclaratoria,...
- Artículo 54. El recurso de aclaratoria procederá en los supuestos previstos por el...
- Artículo 55. El recurso de revisión procederá: a) Cuando resultaren...
- Artículo 56. El recurso de nulidad, que podrá interponerse conjuntamente con los de...
- Artículo 57. Otros modos de terminación del proceso
- Artículo 58. Las sentencias que dicte el Superior Tribunal tendrán efecto ejecutorio, y...
- Artículo 59. La autoridad administrativa vencida en juicio gozará de sesenta días...
- Artículo 60. Vencido el plazo que establece el artículo anterior sin que la...
- Artículo 61. Los agentes a quienes se mande cumplir la sentencia son...
- Artículo 62. Al promoverse la acción contencioso-administrativa podrá solicitarse la...
- Artículo 63. El pedido de suspensión del acto o contrato planteado como medida...
- Artículo 64. En defensa de sus prerrogativas jurídicas, la Administración Pública...
- Artículo 65. La Administración Pública podrá solicitar la declaración judicial de...
- Artículo 66. La acción que promoviere la Administración Pública será viable en tanto...
- Artículo 67. Las municipalidades, las entidades autárquicas institucionales y la...
- Artículo 68. La acción será promovida contra quien resulta beneficiado por el acto o...
- Artículo 69. La sentencia deberá pronunciarse respecto a las costas del juicio.
- Artículo 70. El pago de las costas estará a cargo de la parte vencida en su pretensión....
- Artículo 71. Norma Supletoria
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Ley de Contrato de Trabajo (Ley 20.744): Esta ley regula los derechos laborales en general y establece que los trabajadores tienen derecho a pausas para descanso, que suelen ser de al menos 15 minutos si la jornada laboral supera las 4 horas.
Convenios Colectivos de Trabajo: Para los docentes y personal administrativo de las escuelas públicas, los derechos específicos pueden estar detallados en los convenios colectivos correspondientes. Estos convenios pueden variar entre provincias y jurisdicciones, y establecen aspectos como el tiempo de descanso, horario laboral y otras condiciones.
el calculo de la vacaciones no gozadas se toma el bruto( o sea sueldo mas antiguedad)
Una consulta, en las escuelas públicas, los docentes y 7 o personal administrativo tienen un tiempo para desayunar/merendar? pregunto porque nos tienen prohibido hacerlo, me podrían asesorar? desde ya muchas gracias
hay jurisprudencia donde se declara nulo el contrato con el prestamista y ademas se la indemniza a la parte por contrato con clausulas abusivas. A mi criterio, su caso podria encuadrar con aquella decision que le comento.
después...no la verá ni de casualidad... El es el papá... que no acceda....
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