Código Procesal Civil y Comercial Artículo 146 Provincia del Chaco
Código Procesal Civil y Comercial Chaco
Artículo 146. Sanciones
Si se comprobase que la pérdida de un expediente fuere imputable a alguna de las partes o a un profesional, éstos serán pasible de una multa entre cuatrocientos (400) U.T. y cuarenta mil (40.000) U.T., sin perjuicio de su responsabilidad civil o penal.
Provincia del Chaco Artículo 146 Código Procesal Civil y Comercial
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Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?
Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
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Código Procesal Civil y Comercial Neuquén Artículo 198. Cumplimiento y recursos Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Mendoza Artículo 22. DEBER DE PROBIDAD Y LEALTAD Ley Impositiva, año Fiscal 2017 San Juan Artículo 5. Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Córdoba Artículo 38. Principios de solidaridad Código Procesal Civil, Comercial y Tributario Mendoza Artículo 134. EFECTOS DEL RECURSO DE APELACIÓNPublique la información de sí mismo
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