Código Fiscal Artículo 295 Provincia del Neuquén
Código Fiscal Neuquén
Artículo 295.
No pagarán tasas por servicios fiscales del Registro de la Propiedad Inmueble:1) Las divisiones y subdivisiones de hipotecas y las modificaciones en la forma de pago del capital o capital e intereses, siempre que no modifiquen los plazos contratados.
2) Las inhibiciones voluntarias dadas como garantías de créditos fiscales.
3) Las declaraciones o rectificaciones que corrijan errores imputables a la Administración.
4) Las transferencias de dominio de tierras fiscales, en los casos en que el Impuesto de Sellos correspondiente no supere la suma establecida en la Ley Impositiva.
5) El Estado nacional, el Estado provincial, los municipios y comisiones de fomento de la Provincia, sus dependencias, reparticiones autárquicas y descentralizadas, en trámites en los que el Poder Judicial participe.
Provincia del Neuquén Artículo 295 Código Fiscal
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hola quisiera saber? que pena podria recaer sobre una persona que me discrimina por ser discapacitada o q hago yo?? cómo me amparo? trabajo en una municipalidad de santa cruz
Estimados, una consulta, una vez finalizado el período de 6 meses de licencia con goce de sueldo (que corresponde a la antigüedad del empleado), cuando se le liquida este último sueldo se debe abonar el proporcional de sac y las vacaciones no gozadas? Ahora obviamente está en el período de guarda de puesto por 12 meses.
Agradezco de antemano sus respuestas.
me surge la duda de la paga dias feriados, si son en caso de ser nacionales, provinciales, del partido o cuales tienen ese pago diferencial. gracias
En principio deben comunicarse con el administrador y el debe contratar un gasista matriculado para revisar la parte que corresponde al consorcio "Las instalaciones de gas que corresponden al consorcio (partes comunes) son aquellas que abastecen a más de una unidad funcional o a los servicios centrales del edificio, incluyendo las cañerías y cables hasta el ingreso de cada unidad funcional. Por otro lado, la parte específica de la cañería que va desde ese punto de ingreso hasta los artefactos de gas dentro de la unidad es responsabilidad del propietario de esa unidad" Luego una vez determinado las perdiadas o anomalias cada quein se hara cargo de los gastos.
En principio pido disculpas por la demora. en cuanto a su consulta,realmente nunca hice derecho adminsitrativo, por lo que le recomeindo unos colegas que son especialistas en la materia tel 4382-3456, tienen horaio de 13 a 17 hs.
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