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Código Fiscal Artículo 323 Provincia de La Pampa


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código Fiscal La Pampa
Artículo 323.

Establécese que está exento de impuestos y tasas retributivas de servicios administrativos y judiciales provinciales, el Fideicomiso Financiero de Inversión conformado como consecuencia del Acta suscripta en fecha 12 de enero de 2001 entre la Provincia de La Pampa, el Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. y la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos.

Quedan incluidos en la presente disposición todos los actos, contratos, operaciones, transacciones e inscripciones necesarios para su constitución, funcionamiento y liquidación, como así también los contratos de préstamos a celebrarse en el marco del mismo y la constitución de las respectivas garantías.

Provincia de La Pampa Artículo 323 Código Fiscal de La Pampa
Artículo 1 ...321 quater 322 323 324 325 ...327

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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.


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