Código Fiscal Artículo 128 Provincia de Entre Ríos
Código Fiscal Entre Ríos
Artículo 128.
La Administradora podrá no iniciar o desistir los juicios declarando la deuda carente de interés fiscal para su ejecución o cobro compulsivo cuando se reúnan las siguientes condiciones:a) El importe del reclamo en concepto de tributo, no exceda una vez y media (1,5) el salario mínimo, vital y móvil;
b) En el caso de impuestos anuales, la deuda se refiere por lo menos a un período y no sea el vigente;
c) Se hayan agotado las gestiones administrativas tendientes a cobrar la deuda;
d) El deudor no tenga bienes susceptibles de ejecución y que aparezca como insolvente.
Fuera de los casos mencionados en el presente artículo, la Administradora podrá no iniciar juicios de ejecución fiscal o desistir de ellos, cuando el importe del tributo no supere el salario mínimo, vital y móvil, siempre que se hubieran agotado las gestiones administrativas para su cobro.
Los Jueces no podrán proveer escritos por los que se desista de los juicios, sin que se acompañe la instrucción expresa de la Administradora en tal sentido o el Procurador Fiscal se encuentre debidamente autorizado para ello en el mandato que se le otorgue.
Provincia de Entre Ríos Artículo 128 Código Fiscal
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Hola. Esto parece más una denuncia que otra cosa.
El ámbito para hacerlo es la AFIP .
buenas noches quien son los encargado de controlar las fundaciones que trabaja sin personeria juridica con ingresos desconocidos que no estan controlado por ningun fisco conozco una "fundacion carlos cabrera" de la localidad de hipolito yrigoyen provincia de salta que comenzo a trabajar en octubre del año 2021 con bastantes ingresos monetario que se desconoce su procedencia y no tiene cuenta bancaria recien en abril del 2023 saca la personeria juridica pero los 2 años que trabajo no es controlado ni por afip. Puden ver por facebook lo que digo como le daba solucion y gastos en festejos a mano llena sin presentar en ningun lado los ingresos y egresos de dinero que maneja dicha fundacion. esto no es normal que trabaje sin ninguna inspeccion provincial y nacional.existe comentario en la localidad que dicha presidenta de la fundacion estaria lavando dinero.a empresario que no pagan impuestos. ¿es normal esto? que no tenga ningun tipo de inspeccion.
Perdon no entiendo porque si estoy buscando se me entregue el dinero en la cta de mi marido fallec. El 31/12/22. Y la suc.Abierta por la herm. En la cual me agrego, se dilata el proceso, sabiendo que mi solicitud tiene plazo????es asi??Puedo tener ahora una respuesta por esta via??
Buenas tardes, necesito saber si en la cuenta bancaria de la persona fallecida puedo tener accso ??Tenia 37 años de convi.Todo documentado. Cual seria el impedimento ??Muchas gracias
soy de la pcia de Córdoba y la multa es de la Pcia de Jujuy, donde hago el descargo ?
gracias
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