Código de Transito y Transporte Artículo 13.3.5 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 13.3.5. Identificación
Los Repartidores y/o Mensajeros habilitados a ejecutar el servicio regulado en el presente Título, deberán llevar una identificación con el número de habilitación asignado al momento de inscribirse en el "Registro Único de Transporte de Mensajería Urbana y/o Reparto a Domicilio de Sustancias Alimenticias" (RUTRAMUR).
La identificación deberá mantener características de visualización adecuadas, siendo colocada de forma tal que no pueda obstaculizarse su visualización por medio de equipajes, mecanismos o movimientos propios de la actividad.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 13.3.5 Código de Transito y Transporte
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 15.1.3. Desarrollo Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 15.2.2. Aprobación y ejecución Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 6.1.11. Peatones en intersecciones semaforizadas Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 14.3.1. Definición Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires Artículo 12.8.4. Disposiciones GeneralesPublique la información de sí mismo
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