Código de Transito y Transporte Artículo 12.10.2 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Código de Transito y Transporte Ciudad de Buenos Aires
Artículo 12.10.2. Tarjetas de Identificación
El Registro lleva el legajo con los datos y antecedentes de los distintos actores del servicio a quienes extenderá una Tarjeta de vigencia anual, que habilita para cada rol. La misma puede ser renovada con anterioridad si se produce algún cambio en los datos principales que contiene.
Las tarjetas estarán confeccionadas en material plástico con numeración de seguridad y holograma oficial del GCBA. Contará con un dispositivo de lectura digital con la información que la Reglamentación determine.
En función de los avances tecnológicos en la seguridad de los documentos la Autoridad de Aplicación podrá adecuar los requisitos aquí previstos, sustituyéndolos por otros que supongan un incremento en la inviolabilidad de los mismos.
12.10.2.1 Identificación de las Tarjetas.
Las Tarjetas son de material plástico. En la parte superior son de color negro y en la parte inferior de color según el siguiente detalle:
a)Del titular del la Licencia: Dorado
b)Del Chofer dependiente: Verde
c)Del Chofer no titular sin relación de dependencia: Blanca.
d)Del Apoderado o Representante Legal: Celeste
Facúltase a la Autoridad de Aplicación a alterar los colores antes señalados si hubiera razones técnicas para hacerlo.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires Artículo 12.10.2 Código de Transito y Transporte
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Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
El plazo para contabilizar la reincidencia se cuenta desde la infracción, verdad? Y NO desde la sanción. Por favor confirmar
Si. Pregúntele a los Prisioneros de Guerra que están encarcelados en Argentina. Si quiere saber cómo se viola la Constitución Nacional, pregúntele a los jueces que los retienen en cautiverio , muchos SIN PROCESO y la mayoría ancianos enfermos sin prisión domiciliaria. No le pregunte a los muertos en cautiverio porque no tendrá respuestas
Tienen jurisprudencia sobre el art 2023 , muchas gracias
buenas tardes doctor/a le consulto por consejo de propietarios de provincia, el administrador no presenta resumen bancario con las expensas pues las mismas realmente estan dibujadas, como consejo que atribuciones tenemos actualmente con el nuevo codigo civil?
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