Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Artículo 128 Provincia de Córdoba
Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado Córdoba
Artículo 128. Omisión fiscal
El que omitiere el pago de tributos mediante la falta de presentación de declaraciones juradas o por ser inexactas las presentadas será sancionado con una multa graduable entre el cincuenta por ciento (50%) y el ciento por ciento (100%) del tributo dejado de pagar, retener o percibir oportunamente. Esta multa se aplicará en tanto no corresponda la aplicación de la multa por defraudación.La falta de presentación de declaración jurada se configura con la notificación de la comunicación del inicio de la inspección, de conformidad con lo establecido en el artículo 89 del presente Código.
Provincia de Córdoba Artículo 128 Código de Procedimiento Tributario Municipal Unificado
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Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?
me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus
Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.
Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?
Si, se pueden reclamar las diferencias indemnizatorias, diferencias de salarios y el despido discriminatorio.
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