Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir sin cargo a la Agrupación Mapuche Curruhuinca un inmueble de la Colonia Pastoril Maipú, Departamento Lácar, jurisdicción de la Reserva Nacional Lanín de la Provincia del Neuquén
Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir sin cargo a la Agrupación Mapuche Curruhuinca un inmueble de la Colonia Pastoril Maipú, Departamento Lácar, jurisdicción de la Reserva Nacional Lanín de la Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir sin cargo...
- Artículo 2. Es la finalidad de la presente cesión de tierras ...
- Artículo 3. El establecimiento del conglomerado habitacional en el inmueble de...
- Artículo 4. Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a transferir sin cargo a la...
- Artículo 5. La Nación se reserva la jurisdicción de la ...
- Artículo 6. Con excepción de la jurisdicción cedida al Municipio de San...
- Artículo 7. La Nación transfiere al dominio público ...
- Artículo 8. La Agrupación Mapuche Curruhuinca garantizará el derecho...
- Artículo 9. Una vez efectuada la mensura definitiva, el Poder Ejecutivo Nacional a...
- Artículo 10. La escritura traslativa de dominio será otorgada por el...
- Artículo 11. La presente cesión se realiza en el marco de lo establecido...
- Artículo 12. Los gastos que demande la presente estarán a cargo de la...
- Artículo 13. El Poder Ejecutivo Nacional, una vez registrada la mensura,...
- Artículo 14. Integran la presente ley los siguientes Anexos: ANEXO I: PLANO...
- Artículo 15. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional: DADA EN LA SALA...
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estuve por art dos años donde fuin operado del hombro y la art me reclifico laboralmente,luegon de estar seis meses de reserva de puesto me despidieron por que la art justifica que tengo ser recalificado siendo que me dio el 2 % de incapacidad le sostenia al empleador que no me podia cubrir laa art nuevamente,fui despedido por este motivo,donde no se me pago tanto como vacaciones adeudadas en dos años ni agunaldos del tiempo de art,y un año menos de antiguedad...puedo iniciar algo?
Lo que debe iniciar es un juicio civil de medianería . No es mandar un email, es iniciar una acción judicial. Saludos cordiales
buenos dias soy una vecina afectada por una construccion clandestina sin planos realizada por un vecino lindero a mi propiedad usando mi mediane, causandome danos estructurales comprobados. la obra en cuestion una terraza sin autorizacion, ha sido inspeccionada y sancionada por la municipalidad solo con una multa , pero continua en pie ,agravando los danos estructurales en mi vivienda representando danos estructurales representando un riesgo para la seguridad propia y de terceros ( cables de luz y otros colgando de mi pared que estaban apoyados sobre la medianer en la que se construyo misma, desprendimiento permanente de la misma. LA MUNICIPALIDAD ( quien tiene la potestad de la remocion o demolicion de la obra ilegal,en medio del marco de las conferidas por el articulo27 inc.5,10y19 del DECRETO-LEY ORGANICA DE LAS MUNICIPALIDADES). NO TOMA MEDIDAS , NESECITO URGENTE INTERVENCION JUDICIAL , donde puedo mandar un mei para realizar esta denuncia o dirigirme persnalmente a dejar una carpeta con todas las pruebas de los danos realizadas , TANTO POR LA MUNICIPALIDAD de la matanza , como DE UN ARQUITECTO PARTICULAR ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS
Si tardo un año en presentarme al tribunal de faltas para recibir la sentencia. Es un agravante? Puede aumentar el plazo de inhabilitación?
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