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Autorízase  al  Poder  Ejecutivo  Nacional  a transferir  sin  cargo  a  la  Agrupación  Mapuche Curruhuinca un inmueble de la Colonia Pastoril  Maipú,  Departamento  Lácar,  jurisdicción  de  la  Reserva  Nacional  Lanín  de  la Provincia del Neuquén Artículo 7 Nacional


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 16/04/2024

Autorízase  al  Poder  Ejecutivo  Nacional  a transferir  sin  cargo  a  la  Agrupación  Mapuche Curruhuinca un inmueble de la Colonia Pastoril  Maipú,  Departamento  Lácar,  jurisdicción  de  la  Reserva  Nacional  Lanín  de  la Provincia del Neuquén Nacional
Artículo 7.

La Nación transfiere al dominio  público  provincial,  por  plano  de  mensura,  la ruta  provincial  Nº  48  y  la  jurisdicción  será  com partida  entre  la  Administración  de  Parques  Nacionales  y  la  provincia  del  Neuquén,  según  Acta y  Planos  que  conforman  los  Anexos  IV  y  V  de  la presente ley. La mensura se realizará en concordancia  con  la  mensura  estipulada  en  el  artículo 1º  de  la  presente,  quedando  constituidos  derechos  de  servidumbre  a  favor  de  sus  actuales beneficiarios  de  uso,  los  que  se  extinguirán  en el  momento  en  que  cese  la  utilidad  que  prestan actualmente.



Nacional Artículo 7 Autorízase  al  Poder  Ejecutivo  Nacional  a transferir  sin  cargo  a  la  Agrupación  Mapuche Curruhuinca un inmueble de la Colonia Pastoril  Maipú,  Departamento  Lácar,  jurisdicción  de  la  Reserva  Nacional  Lanín  de  la Provincia del Neuquén
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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