Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana Artículo 47 Provincia de Córdoba
Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana Córdoba
Artículo 47.
Modifícase el artículo 42 de la Ley N° 9235 -de Seguridad Pública para la Provincia de Córdoba-, el que queda redactado de la siguiente manera:"Artículo 42.- LA Policía de la Provincia de Córdoba contará con las siguientes Direcciones Generales:
a) Dirección General de Seguridad Capital;
b) Dirección General de Investigaciones Criminales;
c) Dirección General Departamentales Norte;
d) Dirección General Departamentales Sur;
e) Dirección General de Recursos Humanos;
f) Dirección General de Policía Caminera;
g) Dirección General de Control de Conducta Policial;
h) Dirección General de Gestión Administrativa;
i) Dirección General de Tecnología de Información y Análisis Estadísticos;
j) Dirección General de Patrulla Rural;
k) Dirección General de Policía Territorial y de Proximidad, y l) Toda otra Dirección General que sea necesaria para el cumplimiento de su misión en el mantenimiento del orden y la tranquilidad pública en el territorio de la Provincia de Córdoba."
Provincia de Córdoba Artículo 47 Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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