Se modifica y se amplía el ejido municipal de la ciudad (Se modifica y se amplía el ejido municipal de la ciudad) Provincia del Neuquén
Se modifica y se amplía el ejido municipal de la ciudad Provincia del Neuquén
- Artículo 1. Se modifica y se amplía el ejido municipal de la ciudad de Neuquén, el que...
- Artículo 2. La Municipalidad de Neuquén debe instrumentar los medios para el...
- Artículo 3. La Municipalidad de Neuquén debe realizar, dentro de los 180 días...
- Artículo 4. El destino de las tierras del área referida en el artículo 3.° de la...
- Artículo 5. En el área que se incorpora al ejido se debe fomentar la instalación de...
- Artículo 6. En el área que se incorpora al ejido se debe propender a un ambiente sano y...
- Artículo 7. La ampliación establecida no debe afectar los derechos de los titulares de...
- Artículo 8. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Adhesión provincial al Día Nacional de la Juventud Se instituye el mes de octubre como Mes de la Concientización y de las Acciones para la Inclusión Plena Emergencia sanitaria. Extender, en forma excepcional, hasta un máximo de nueve (9) meses los plazos legales de duración de la prisión preventiva Creación del Programa de Financiamiento de la Diversificación Productiva Enfermedades Poco Frecuentes (EPF). Adhesión de la Provincia a la Ley nacional 26689Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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