Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026 Artículo 31 Argentina
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026
Artículo 31.
Exímase de los derechos de importación y de las tasas por servicios portuarios, aeroportuarios, de estadística y de comprobación, que gravan la importación para consumo de bienes de capital, partes, componentes, insumos, repuestos y/o bienes intermedios en la cadena de valor, destinados a la producción de bienes, la prestación de servicios y/o la realización de obras en el territorio nacional y/o en el extranjero, que sean adquiridos por INVAP SAU (CUIT 30-58558124-7), VENG SA (CUIT 30-69641732-2) y DIOXITEC SA (CUIT 30-69127870-7).Estas importaciones estarán también exentas de impuestos internos y del impuesto establecido por la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997, y sus modificaciones.
Estas exenciones serán aplicables a las mercaderías, fueren nuevas o usadas, solo si la industria nacional no estuviere en condiciones de proveerlas, sobre lo cual deberá expedirse la Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del Ministerio de Economía.
Argentina Artículo 31 Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2026 LEY 27.798, 2 de Enero de 2026
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Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?
Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.
En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.
Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
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