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Creación del Programa de Salud y Educación Mis primeros mil días Artículo 6 Provincia de La Rioja


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 25/03/2026

Creación del Programa de Salud y Educación Mis primeros mil días La Rioja
Artículo 6.

Créase una Comisión de Seguimiento de la Función Legislativa integrada por tres (3) Diputados, nominados por el propio Cuerpo Legislativo, que deberá solicitar a la Autoridad de Aplicación toda la información relativa al cumplimiento efectivo del Programa creado por la presente ley y toda otra acción que considere oportuna.

Provincia de La Rioja Artículo 6 Creación del Programa de Salud y Educación Mis primeros mil días, a implementarse en todo el territorio de la Provincia para el fortalecimiento integral del desarrollo de vida, destinado a las madres embarazadas y niños hasta dos (2) años inclusive LEY 10.278, 28 de Julio de 2020
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Buenos días, ya estan incorporadas las modificaciones de la Ley sancionada el 27/2/26 ?


Disculpas por la demora. Debe consultar con algun colega con especialidad en derecho laboral.


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consulte y despeje sus dudas.




En principio pido disculpas por la demora. En cuanto a su consulta lamentablemente el art 59 inc 1 del codigo penal, establece las motivos por la que se entinguen las acciones y en consecuncia las penas: Art. 59 Codigo Penal- La acción penal se extinguirá:1.º Por la muerte del imputado. Razon por la que me atrevo a decir que cualquier accion penal que quiera plantear no tendra asidero, al menos por los delitos que Ud. menciona en su consulta.


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consulte y despeje sus dudas.




Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).


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Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.


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