Régimen Especial de Regularización Tributaria (Régimen Especial de Regularización Tributaria) Provincia de Catamarca
Régimen Especial de Regularización Tributaria Provincia de Catamarca
- REGIMEN ESPECIAL DE REGULARIZACIÓN TRIBUTARIA
CAPÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES - Artículo 1. Régimen
- Artículo 2. Obligaciones comprendidas
- Artículo 3. Deudas en Gestión de Cobro Judicial
- Artículo 4. Adhesión al régimen
- Artículo 5. Condición de adhesión
- CAPÍTULO II - BENEFICIOS Y FORMAS DE PAGO
- Artículo 6. Beneficios
- CAPÍTULO III - PLAN DE FACILIDADES DE PAGO
- Artículo 7. Deuda y cuotas
- Artículo 8. Plan de pago
- Artículo 9. Tasa de financiación
- CAPITULO IV CADUCIDAD DE LOS BENEFICIOS
- Artículo 10. Caducidad de plan
- Artículo 11. Caducidad
- Artículo 12. Pago de cuotas fuera de término
- Artículo 13. Impuesto sobre los Ingresos Brutos
- CAPÍTULO V - OTROS BENEFICIOS
- Artículo 14. Beneficios
- CAPÍTULO VI - DIPOSICIONES GENERALES
- Artículo 15. Concurso y Quiebra
- Artículo 16. Reformulación del plan
- Artículo 17. Medios de pago
- Artículo 18. Reglamentación
- Artículo 19. De Forma
Otras regulaciones
Creación del Órgano de Revisión de Salud Mental y Adicciones en el marco de lo dispuesto por la Ley Provincial N° 5.383 Declaración de Patrimonio Cultural, Histórico y Turístico el Condado de Huasan ubicado en el Departamento Andalgalá Creación del fuero penal especial juvenil y del procedimiento de responsabilidad penal juvenil Se declára patrimonio histórico, cultural, paisajístico y turístico como Camino Real Presupuesto de la Cámara de Diputados y Diputadas para el Ejercicio Fiscal 2022Mejores juristas
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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