Régimen Especial de Fomento al Desarrollo Productivo Agrícola. Creación (Régimen Especial de Fomento al Desarrollo Productivo Agrícola. Creación) Provincia de La Rioja
Régimen Especial de Fomento al Desarrollo Productivo Agrícola. Creación Provincia de La Rioja
- Artículo 1. Creación
- Artículo 2. Objetivo
- Artículo 3. Ámbito de Aplicación
- Artículo 4. Afectación al Uso Productivo
- Artículo 5. Destino
- Artículo 6. Autorización
- Artículo 7. Beneficiarios
- Artículo 8. Unidad Ejecutora
- Artículo 9. Atribuciones
- Artículo 10. Comisión de Control y Seguimiento Legislativo
- Artículo 11. Adjudicación
- Artículo 12. Modalidad
- Artículo 13. Llamado a Concurso
- Artículo 14. Selección de Postulante
- Artículo 15. Registro de Postulantes
- Artículo 16. Subasta Pública
- Artículo 17. Suscripción del Contrato
- Artículo 18. Contenido del Contrato
- Artículo 19. Plazo de Ejecución del Proyecto de Inversión Productivo
- Artículo 20. Otorgamiento del Título de Propiedad
- Artículo 21. Escritura Traslativa de Dominio
- Artículo 22. Derechos del Adjudicatario
- Artículo 23. Obligaciones del Adjudicatario
- Artículo 24. Caducidad de la Adjudicación
- Artículo 25. Fuerza Mayor
- Artículo 26. Renuncia
- Artículo 27. Incumplimiento Grave de las Obligaciones
- Artículo 28. Procedimiento de Caducidad
- Artículo 29. Reasignación
- Artículo 30. Asistencia Técnica
- Artículo 31. Inversión
- Artículo 32. Reglamentación
- Artículo 33. Disposición Especial
- Artículo 34. Imputación Presupuestaria
- Artículo 35. Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
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Estimad/o lamentó mucho la demora de la respuesta. Dejo los teléfonos e email, para que se comunique con el Centro de Atención a la Víctima (Rio Gallegos)02966-439062, email: [email protected], 0297-4851694 int 113, email [email protected] ( Caleta Olivia). 0297-4870232, email [email protected] (puerto Deseado).
Debe consultar con algún colega, con especialidad en derecho provisional.
Buenas noches.Siendo empleado de la Dministracion Publica Nacional, se me despidio de mi empleo docente por poseer un beneficio previsional en funcion del decreto 894-01, cuando clatramente debis ser incluido dentro de las previsiones del decreto 1.033784 por se docente. Que puedo hacer dentro del marco legal. Muchas gracias.
esto esta desactualizado faltan las modificaciones de la ley 15232 ''ley de victimas''
Buenas noches el administrador de un consorcio falleció y tras su muerte se descubrio fraude y malversacion de fondos. A que organismo oficial se le puede pedir una asesoría ,ya que la nueva administración argumenta que es responsabilidad del consorcio y quisiera saber si es así?
Muchas gracias y espero su espuesta.
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