Régimen Especial de Fomento al Desarrollo Productivo Agrícola. Creación (Régimen Especial de Fomento al Desarrollo Productivo Agrícola. Creación) Provincia de La Rioja
Régimen Especial de Fomento al Desarrollo Productivo Agrícola. Creación Provincia de La Rioja
- Artículo 1. Creación
- Artículo 2. Objetivo
- Artículo 3. Ámbito de Aplicación
- Artículo 4. Afectación al Uso Productivo
- Artículo 5. Destino
- Artículo 6. Autorización
- Artículo 7. Beneficiarios
- Artículo 8. Unidad Ejecutora
- Artículo 9. Atribuciones
- Artículo 10. Comisión de Control y Seguimiento Legislativo
- Artículo 11. Adjudicación
- Artículo 12. Modalidad
- Artículo 13. Llamado a Concurso
- Artículo 14. Selección de Postulante
- Artículo 15. Registro de Postulantes
- Artículo 16. Subasta Pública
- Artículo 17. Suscripción del Contrato
- Artículo 18. Contenido del Contrato
- Artículo 19. Plazo de Ejecución del Proyecto de Inversión Productivo
- Artículo 20. Otorgamiento del Título de Propiedad
- Artículo 21. Escritura Traslativa de Dominio
- Artículo 22. Derechos del Adjudicatario
- Artículo 23. Obligaciones del Adjudicatario
- Artículo 24. Caducidad de la Adjudicación
- Artículo 25. Fuerza Mayor
- Artículo 26. Renuncia
- Artículo 27. Incumplimiento Grave de las Obligaciones
- Artículo 28. Procedimiento de Caducidad
- Artículo 29. Reasignación
- Artículo 30. Asistencia Técnica
- Artículo 31. Inversión
- Artículo 32. Reglamentación
- Artículo 33. Disposición Especial
- Artículo 34. Imputación Presupuestaria
- Artículo 35. Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Otras regulaciones
Derecho a la Protección de la Salud Mental de todas las personas Impónese el nombre de General Jose de San Martín a la Escuela N° 139 Se concede a todo el personal de la salud, que se encuentre abocado a la atención de pacientes contagiados con COVID-19 y quehayan contraído el mencionado virus, un subsidio no remunerativo Prorróga del plazo establecido en el Artículo 1° de la Ley N° 8.493 Adhesión de la provincia a la Ley Nacional 27.505Mejores juristas
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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