Protección contra la Violencia de Género (Protección contra la Violencia de Género) Provincia de Salta
Protección contra la Violencia de Género Provincia de Salta
- Artículo 1. La presente Ley regula la Protección contra la Violencia de Género. El Estado...
- Artículo 2. Esta Ley tiene por objeto establecer los principios, las garantías y el...
- Artículo 3. Se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión,...
- Artículo 4. La garantía de acceso a la Justicia incluye el derecho de toda mujer a:...
- Artículo 5. Toda persona víctima de violencia de género podrá denunciar la situación sin...
- Artículo 6. Los funcionarios públicos, agentes, profesionales y técnicos de las áreas de...
- Artículo 7. Los Jueces de Garantías,y de Violencia Familiar y de Género tendrán a su...
- Artículo 8. La presentación judicial de los hechos constitutivos de violencia a que se...
- Artículo 9. En todos los casos se evitará la coincidencia física entre agresor y víctima....
- Artículo 10. Al tomar conocimiento de los hechos motivo de la presentación y en cualquier...
- Artículo 11. En caso de no dar cumplimiento a las medidas judiciales impuestas, conforme...
- Artículo 12. Inmediatamente después de recibida la denuncia, el Juez debe requerir un...
- Artículo 13. El juez fijará una audiencia, que deberá tomar personalmente, escuchando a...
- Artículo 14. En caso de incomparecencia de la víctima de violencia a la audiencia prevista...
- Artículo 15. El juez tendrá amplias facultades para ordenar e impulsar el proceso,...
- Artículo 16. Ante el incumplimiento de las órdenes impuestas en esta Ley o la reiteración...
- Artículo 17. Durante el trámite de la causa y después de la misma, por el tiempo que se...
- Artículo 18. Tras la denuncia del hecho delictivo constitutivo de violencia familiar o de...
- Artículo 19. El juez podrá solicitar o aceptar en carácter de amicus curiae la...
- Artículo 20. Los antecedentes y documentaciones correspondientes a los procedimientos son...
- Artículo 21. Las resoluciones que concedan, rechacen, interrumpan, modifiquen o dispongan...
- Artículo 22. Como consecuencia del principio de gratuidad, las actuaciones fundadas en la...
- Artículo 23. La presente Ley es de orden público, y su aplicación no afectará el ejercicio...
- Artículo 24. Si la víctima de violencia fuere niña o adolescente debe contemplarse lo...
- Artículo 25. La Corte de Justicia establecerá el sistema por el cual los Juzgados...
- Artículo 26. En todo lo que no esté previsto en la presente Ley, y siempre que resulte...
- Artículo 27. En caso de recusación, excusación o inhibición, los Jueces de Violencia...
- Artículo 28. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Otras regulaciones
Prevención y puesta a disposición de información y de medios que permitan una atención médica inmediata en los casos de intoxicación por ingestión Adhesión a la Ley Nacional 27.671 Obligaciones y Procedimientos para Permisionarios y Concesionarios de Áreas Hidrocarburíberas y Productores Mineros Violencia de género Ley 8.110 Adhesión a la Ley Nacional 27.684Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
Hola en principio no pueden jubilarlo (llmá al 11 4504 5649 Dr. Martirené)
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