Productos agricolas y alimentarios Nacional
Productos agricolas y alimentarios Nacional
- Artículo 1. Las Indicaciones geográficas y denominaciones de origen utilizadas para la...
- Artículo 2. A los efectos de esta ley se entiende por: a) Indicación geográfica:...
- Artículo 3. La determinación y registro de las indicaciones geográficas de productos...
- Artículo 4. A los efectos del artículo 2, inciso b) se considerará producto agrícola y/o...
- Artículo 5. La propuesta de adopción de una Denominación de Origen surgirá de la...
- Artículo 6. Los productores que pretendan el reconocimiento de una denominación de origen...
- Artículo 7. Los antecedentes y requisitos especificados en el artículo anterior,...
- Artículo 8. Dentro de los sesenta (60) días de la presentación de la solicitud...
- Artículo 9. Por cada denominación de origen habrá un único Consejo de Denominación de...
- Artículo 10. Los Consejos de Denominaciones de Origen estarán integrados exclusivamente...
- Artículo 11. Los Consejos de Denominación de Origen se organizarán jurídicamente bajo la...
- Artículo 12. Toda persona física o jurídica a quien se le haya denegado la admisión en...
- Artículo 13. Los Consejos de Denominaciones de Origen de productos agrícolas y...
- Artículo 14. Los Consejos de Denominación de Origen atenderán su funcionamiento con los...
- Artículo 15. Las resoluciones de los Consejos de Denominación de Origen serán...
- Artículo 16. La Autoridad de Aplicación, a través del Registro que se crea a esos efectos,...
- Artículo 17. La solicitud para la obtención del registro de una Denominación de Origen...
- Artículo 18. El Consejo de Denominación de Origen presentará la solicitud de registro en...
- Artículo 19. Toda persona física o jurídica que justifique un interés legítimo y que...
- Artículo 20. Se dará vista al solicitante de las oposiciones deducidas y por el plazo de...
- Artículo 21. De oficio o a petición de parte, si se estimara que alguno de los requisitos...
- Artículo 22. Otorgada la inscripción de la Denominación de Origen, se publicará la...
- Artículo 23. La presente ley no impone obligación alguna de proteger las indicaciones...
- Artículo 24. Se tramitará por conducto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO...
- Artículo 25. No podrán registrarse como indicaciones geográficas y/o denominaciones de...
- Artículo 26. El Estado nacional, por intermedio de la Autoridad de Aplicación de esta Ley,...
- Artículo 27. Queda prohibido el uso de indicación geográfica y/o denominación de origen:...
- Artículo 28. El Consejo de Denominación de Origen podrá proponer la modificación del...
- Artículo 29. Fuera del caso previsto en el artículo anterior, un usuario o cualquier...
- Artículo 30. Se producirá la extinción de la inscripción de una Denominación de Origen...
- Artículo 31. Serán causas de la extinción de la autorización de uso conferida a sus...
- Artículo 32. En los supuestos a), b) y c) del artículo anterior, el Consejo de...
- Artículo 33. Las resoluciones sobre modificación o cancelación de la Denominación de...
- Artículo 34. La SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACION, dependiente...
- Artículo 35. Son funciones de la Autoridad de Aplicación: a) Entender, aprobar o...
- Artículo 36. Los gastos que demande el cumplimiento por parte de la Autoridad de...
- Artículo 37. Además de los recursos previstos en el artículo anterior, al Autoridad de...
- Artículo 38. Créase la COMISION NACIONAL ASESORA DE INDICACIONES GEOGRAFICAS Y...
- Artículo 39. La Comisión se conformará por representantes de Estados Provinciales de...
- Artículo 40. Serán funciones de la Comisión: a) Dictar su propio reglamento. b)...
- Artículo 41. Las infracciones a la presente ley, sus normas reglamentarias, al régimen de...
- Artículo 42. Las faltas, infracciones y contravenciones descriptas en el artículo...
- Artículo 43. La Autoridad de Aplicación podrá imponer las sanciones previstas en el...
- Artículo 44. En los casos de reincidencia, o cuando los productos fueren destinados a...
- Artículo 45. En todos los casos de presuntas infracciones a esta ley, sus normas...
- Artículo 46. Las resoluciones de la Autoridad de Aplicación que impusieren sanciones,...
- Artículo 47. No podrán registrarse como marca para distinguir productos, el que...
- Artículo 48. En caso que se pretendiera registrar como Denominación de Origen una marca...
- Artículo 49. En el supuesto de existir un Consejo de Denominación de Origen anterior a la...
- Artículo 50. Las prescripciones de esta ley, no obstarán al cumplimiento, por parte...
- Artículo 51. Deróganse los artículos 7 y 8 de la Ley N 22.802.
- Artículo 52. El Poder Ejecutivo nacional dictará la reglamentación de la presente ley...
Otras regulaciones
Aprobación del Acuerdo de Cooperación Cultural y Artística con el Gobierno del Estado de Kuwait Programa de Acompañamiento para el Egreso de Jóvenes sin Cuidados Parentales Ley de Convertibilidad del Austral Bienes de Interés Histórico Nacional 27295 Regimen jurídico de la letra de cambio, vale y pagareMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
buenas noches, en referencia al articulo 232 del codigo fiscal !,
Que puedo hacer para reclamar el monto del impuesto automotor que me aplican desde la adquisición del vehículo 0 km facturado 19/12/23, (los papeles para el alta de 0 km me los entregan el 05/01/24), lo registro en RNPA y me entregan el titulo y chapas patentes el 11/01/24 - que es recién en ese momento que puedo retirar el vehículo y rodarlo y por ende hacer el usufructo del bien!.
cuando pago la patente cuota 1 del 2024 me encuentro que figura una deuda de la cuota 5/2023 proporcional! de un vehículo registrado en el 2024!.
no es algo incoherente ese articulo?, como puedo reclamarlo?, gracias
Buenas tardes, mi consulta es como tiene que comunicarse el Administrador con un propietario que posee deuda, para que éste pague. A través de que vía es legal hacer esto?
Ya que recibí una intimación de pago, que es un papel impreso por la administradora, en el cual también está mal la fecha, pareciera que intencionalmente lo hubiera hecho, ya que coloca fecha de la semana anterior al día que me lo dejan por debajo de la puerta, dándome un plazo de 72 hs.
No he recibido anteriormente a esto ninguna comunicación por parte de la Adminitradora.
Hola, mi papá dono 50% de su casa a una mujer q no vivía con el, no tenia ninguna relación legal ni convivían, tampoco hijos en común. El muere y no podemos heredar ni hacer uso. Que procede para poder avanzar con la sucesión o venta? Se puede iniciar juicio teniendo en cuenta art 2328 ?
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