Ministerio de bienestar social y educacion - profesiones - Colegios profesionales - servicio social - Asistente social - Trabajador social (Ministerio de bienestar social y educacion - profesiones - Colegios profesionales) Provincia de Misiones
Ministerio de bienestar social y educacion - profesiones - Colegios profesionales - servicio social - Asistente social - Trabajador social Provincia de Misiones
- TITULO I DEL EJERCICIO PROFESIONAL DEL TRABAJADOR SOCIA
- Artículo 1. Se establece el marco regulatorio para el ejercicio profesional del Trabajo...
- Artículo 2. Son objetivos de esta Ley: 1) jerarquizar la Profesión de Trabajo...
- Artículo 3. Es considerado como ejercicio profesional de trabajo social a toda acción...
- Artículo 4. Quedan comprendidos bajo la denominación de Licenciado en Trabajo Social los...
- TITULO II ACTIVIDADES, DERECHOS Y OBLIGACIONES
- Artículo 5. Los Licenciados en Trabajo Social están habilitados para las siguientes...
- Artículo 6. Son derechos de los Licenciados en Trabajo Social los siguientes: 1) el...
- Artículo 7. Son obligaciones de los Licenciados en Trabajo Social las siguientes: 1)...
- Artículo 8. Las personas humanas y las personas jurídicas que empleen a profesionales de...
- TITULO III DEL COLEGIO PROFESIONAL
- Artículo 9. Créase el Colegio de Profesionales de Servicio Social que funcionará con...
- Artículo 10. Son Miembros del Colegio, los profesionales que se encuentren inscripto en la...
- Artículo 11. El Colegio de Profesionales del Servicio Social de Misiones (COPROSSMI) se...
- Artículo 12. El Colegio no podrá intervenir, opinar ni actuar en cuestiones de orden...
- TITULO IV DE LA MATRICULA
- Artículo 14. La habilitación para ejercer la profesión que regla la presente Ley se hará...
- Artículo 15. El Colegio de Profesionales del Servicio Social será el encargado de otorgar...
- Artículo 16. La renovación de la matrícula se efectuará en forma anual debiendo proceder...
- Artículo 17. El incumplimiento de lo dispuesto en el Artículoanterior significará la...
- TITULO V DE LAS SANCIONES
- Artículo 18. El incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Ley, el Estatuto,...
- Artículo 19. Las sanciones previstas en el Artículo anterior serán aplicadas por el...
- Artículo 20. Contra la resolución sancionatoria del Tribunal de Ética, se podrá...
- Artículo 21. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta Salviati
Orlando Fernández
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
Portugal Marcelo Fabián
Saludo cordial sres Juristas y Letrados , perdon por redactar esto aqui , buscando información de las Legislaciones Articulos y Contravenciones , y no pudiendo hallar respuestas rapdias y concluyentes en absolutamente ninguno de los Whatt o Telef de asistencia del Gob Ciudad , incluso en Central de Playas , etc solo en próximas horas podre ver recién al Controlador , mientras pasaron mas de 3 dias , del incautamiento de mi propio motovehiculo Pat 750 GSE - Gilera 250 , no logramos dar con el paradero de dicho Bien ciendo Titular , sabiendo lo honeroso de los gastos de Playa y mas seguramente una Multa , no muy coherente de la cual formulare Apelacion mañana mismo ) Se me tomo como Licencia de Conducir Vencida ( sin embargo estaba bajo Prorroga hasta Sept 2026 " incluso asi Comprendido en otros controles Vehiculares , y tambien en mi VTV posterior al vencimiento real , En ningun momento me fue Notificado por mis emails con el Gob de la Ciudad vigente y actualizados hace años para este tipo de tramites , lastimosamen te me es de gran prejucio economico porque ya estoy perdiendo trabajos , y No he encontrado en dias , un modo de Defensa , Amparo, o Apelación real , mas rapido que los impartidos oficialmente sumado a la preocupacion de no saber donde y en que estado me sera devuelto mi pribado bien personal , este punto es determinante por eso el intento de retirar rapido de playa " , que en este caso también me fue mal Informada " en mis llamados oficiales me dicen que mi motovehciulo No esta en Playa Davila 1024 donde se me informo en el mismo Incautamiento sucedido 25 Mayo 2026 Av E Rios 900 CABA , 16;30 m . Gracias por toda atención y posible sugerencia , y mi disculpa , por no ser el foro adecuado . Atte Ricardo Dangelo
si la persona fellecida tiene tres hijos, los tres pueden tener las cenizas?
ley uno dirige a la ley 2 la 2 a la 3, no pueden ser específicos o no les alcanza para unas plumas?
Hasta donde yo se no se suprimio el articulo en la ley nacional, pero cada provincia al receptarla puede decidir si receptar ese articulo o no.
Cuales serian multas leves y cuales graves??? esta escrito en alguna ley???
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Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana Córdoba Artículo 63. Creación de Terra Ignis Energía S.A Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 15. Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación Santa Cruz Artículo 9. Código Procesal Civil, Comercial, Laboral, Rural y Minero Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur Artículo 392. Exenciones al deber de testimoniar Seguridad Pública y Seguridad Ciudadana Córdoba Artículo 8.Publique la información de sí mismo
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