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Ministerio de bienestar social y educacion - profesiones - Colegios profesionales Artículo 11 Provincia de Misiones


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ministerio de bienestar social y educacion - profesiones - Colegios profesionales Misiones
Artículo 11.

El Colegio de Profesionales del Servicio Social de Misiones (COPROSSMI) se rige de acuerdo al Estatuto aprobado por la Asamblea correspondiente. Asimismo, son atribuciones y deberes del mismo:

1) velar por el cumplimiento de la presente Ley;

2) orientar, disciplinar, normativizar, fiscalizar y defender el ejercicio de la Profesión de Trabajo Social;

3) organizar, mantener y actualizar en forma constante, la nómina de profesionales de Trabajo Social habilitados para el ejercicio profesional, con la potestad de requerir los informes correspondientes a los organismos empleadores sobre profesionales que allí presten servicio;

4) otorgar matricula y carnet a los profesionales que así lo requieran y deseen ejercer la profesión en el ámbito de la Provincia;

5) reglamentar y actualizar los nomencladores y trámites que indefectiblemente, deberán ser certificados para su presentación ante distintos entes;

6) gestionar planes, programas u otras capacitaciones, destinadas al perfeccionamiento y actualización de los profesionales de Trabajo Social;

7) representar al colegiado en participaciones institucionales provinciales, nacionales e internacionales;

8) participar activamente, en conjunto con las instituciones académicas, en la definición de planes de estudios, centros de prácticas y supervisión de los mismos, aportando para ello los perfiles de profesionales más idóneos y calificados;

9) crear registro de tesis de grado, así como de planes, programas y proyectos, constituyendo un resguardo a la propiedad intelectual de los profesionales, y un soporte legal de los originales que obran en las diferentes instituciones involucradas;

10) abogar por el cumplimiento de las prácticas profesionales en el ámbito de la formación, siendo veedor de las mismas, así como también, en el ejercicio de la profesión;

11) trabajar activamente en la elaboración, implementación y gestión de planes, programas y proyectos en el ámbito de la educación, involucrando a las escuelas, familias y comunidad de todo el territorio provincial;

12) observar el cumplimiento del Código de Ética del ejercicio profesional y aplicar las sanciones previstas para ello. El Colegio de Profesionales del Servicio Social de Misiones (COPROSSMI) tiene legitimidad para actuar contra cualquier persona que infrinja las disposiciones relacionadas con las prerrogativas, la dignidad o el prestigio de la Profesión del Trabajo Social.

Provincia de Misiones Artículo 11 Ministerio de bienestar social y educacion - profesiones - Colegios profesionales - servicio social - Asistente social - Trabajador social
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Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?


pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


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