Ley provincial de acoso sexual laboral y violencia laboral Artículo 16 Provincia de San Luis
Ley provincial de acoso sexual laboral y violencia laboral San Luis
Artículo 16.
La falsa denuncia será castigada y será pasible de las sanciones administrativas y ordinarias previstas en el Artículo 11 de esta Ley
Provincia de San Luis Artículo 16 Ley provincial de acoso sexual laboral y violencia laboral
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GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
La posesión a título de dueño por 20 años esta reconocida en nuestro derecho como uno de los modos de adquirir el dominio. Deben acreditarse al menos 20 años de posesión, pago de impuestos, servicios, obras, testigos ademas es necesario hacer un plano de mensura para información posesoria e iniciar el juicio de usucapion
Las lamparitas se queman muy de vez en cuando pero siempre sin aviso. Por eso es recomendable llevar lámparas de repuesto en la guantera. Mi pregunta es, cuando se quema una lamparita de luz baja y me para la policía y SÍ tengo lamparita de repuesto, ¿corresponde que me pongan la multa? ¿Hay un límite de tiempo para que coloque la lamparita nueva? ¿Puedo llamar a alguien que me ayude a colocarla si no tengo la fuerza o la destreza para hacerlo?
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
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Implementación de la Hora Silenciosa con el objetivo de generar un ambiente favorable para las personas con Trastornos del Espectro Autista Santa Cruz Artículo 2. Promoción Industrial y Desarrollo de Clúster Productivos Córdoba Artículo 5. Definición Adhesión a la ley nacional N° 26.845 Córdoba Artículo 2. Promoción y fomento para la creación y organización de los consorcios canaleros Córdoba Artículo 19. Cierre de ejercicio Régimen legal del deporte extremo Córdoba Artículo 13. InvitaciónPublique la información de sí mismo
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