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Ley Procesal de Familia Artículo 142 Provincia de Entre Ríos


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 18/04/2024

Ley Procesal de Familia Entre Ríos
Artículo 142. Caducidad

Fijada la cuota alimentaria provisoria, el alimentado debe iniciar acciones pertinentes para la fijación de los alimentos definitivos mediante el procedimiento previsto en el capítulo siguiente, en un plazo de seis (6) meses. El alimentante puede solicitar la caducidad de la cuota alimentaria provisoria si el alimentado incumple la carga de iniciar la demanda dentro de ese término.

La caducidad no se aplica si se trata de alimentos fijados:

1) Al cónyuge, encontrándose pendiente el trámite de divorcio;

2) Al presunto hijo en el marco de un proceso de filiación;

3) Cuando los beneficiarios son personas menores de edad, incapaces o con capacidadrestringida.

En los dos primeros supuestos los plazos de caducidad se cuentan desde que la sentencia respectiva quede firme. En el último, pasado los seis (6) meses, la sentencia provisional hace cosa juzgada formal, y es modificable conforme lo reglado en la Sección 5° del presente Capítulo.-



Provincia de Entre Ríos Artículo 142 Ley Procesal de Familia
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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