Ley Orgánica de Tribunales penales y gestión judicial (Ley Orgánica de Tribunales penales y gestión judicial) Provincia de Santa Fe
Ley Orgánica de Tribunales penales y gestión judicial Provincia de Santa Fe
- Artículo 1. Jurisdiccionalidad
- Artículo 2. Colegio de jueces y oficina de gestión judicial
- Artículo 3. Imparcialidad e independencia
- Artículo 4. Trato digno
- Artículo 5. Actividad
- Artículo 6. Oralidad y Publicidad
- Artículo 7. Contradicción e Inmediación
- Artículo 8. Simplicidad y Celeridad
- Artículo 9. Motivación
- Artículo 10. Solución de conflictos
- Artículo 11. Idoneidad
- Artículo 12. Actividad administrativa
- Artículo 13. Distribución territorial de la justicia penal provincial
- Artículo 14. Distribución de los Colegios. Principio general
- Artículo 15. Órganos jurisdiccionales
- Artículo 16. Corte Suprema de Justicia
- Artículo 17. De los Colegios de Cámara de Apelaciones en lo Penal. Los Colegios de Cámara...
- Artículo 18. De los tribunales de primera instancia
- Artículo 19. Integración
- Artículo 20. División del trabajo
- Artículo 21. Conformación
- Artículo 22. Principios generales de división. Funciones. Rotación
- Artículo 23. División del trabajo
- Artículo 24. Medidas urgentes
- Artículo 25. Cuestiones comunes
- Artículo 26. Juez coordinador. Funciones
- Artículo 27. Integración
- Artículo 28. Funciones del Colegio en pleno
- Artículo 29. Juez presidente y vicepresidente. Informe anual
- Artículo 30. Finalidad y Ubicación
- Artículo 31. Principios
- Artículo 32. Encargado de la oficina
- Artículo 33. Atribuciones
- Artículo 34. Reglamentos
- Artículo 35. Creación de cargos. Partidas presupuestarias
- Artículo 36. Modificación
- Artículo 37. Modifícase el artículo 268 inc. 6) de la ley 12734 - Código Procesal Penal,...
- Artículo 38. Derógase el artículo 48 de la ley 12734 - Código Procesal Penal.
- Artículo 39. Creación de Cargos
- Artículo 40. Comuníquese al Poder Ejecutivo
Otras regulaciones
La provincia de Santa Fe adhiere a la Ley Nacional 25929 Día de la Prevención del Abuso de Niños, Niñas y Adolescentes Autorización al señor Gobernador de la Provincia a ausentarse del país durante el año 2019 Donación a la Municipalidad de Reconquista un inmueble de propiedad Desígnase con el nombre de Lic. Mónica BifarelloMejores juristas
Estudio Palomba Pirrotta SalviatiOrlando Fernández
sandra
GONZALO GABRIEL GODAS
ORLANDO SAHONERO ABOGADO
pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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