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Ley Impositiva Ejercicio 2025 Artículo 7 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 20/07/2025

Ley Impositiva Ejercicio 2025 Mendoza
Artículo 7.

De conformidad con lo dispuesto en el Código Fiscal, la alícuota general aplicable para la determinación del Impuesto de Sellos es uno con veinticinco por ciento (1,25%), excepto para los actos, contratos y operaciones que se indican a continuación, que quedarán gravados a la alícuota que se indica en cada uno:

a) En el caso de operaciones financieras con o sin garantías a las que se refieren los Artículos 227° y 234° del Código Fiscal:.

TABLA.

b) En las operaciones y actos que se refieran a inmuebles radicados en la Provincia de Mendoza, incluso la constitución de derechos reales sobre los mismos, y los compromisos de venta:.

TABLA.

c) Por la inscripción de vehículos cero kilómetro:

TABLA.

El precio no podrá ser inferior al valor que establezca a tal efecto la Administración Tributaria Mendoza.

d) Del uno por ciento (1%) por la transferencia de dominio a título oneroso de vehículos usados siempre que este acto se encuentre respaldado con factura de venta y que el vendedor figure en el Registro de agencias, concesionarios o intermediarios según se reglamente. El precio no podrá ser inferior al valor que establezca a tal efecto la Administración Tributaria Mendoza.

e) La inscripción inicial y la transferencia de dominio a título oneroso de maquinaria agrícola, vial e industrial:.

TABLA.

f) Contratos de locación con destino a comercio tributarán conforme al Artículo 228° del Código Fiscal según el detalle siguiente:

Hasta $50.000.000.- anuales, exento.

Desde $50.000.001.- anuales, alícuota general.

TABLA.

A los fines de determinar el tramo que corresponda en el presente inciso, deberá dividirse el monto total convenido por la cantidad de años pactada como vigencia del contrato.

g) Del cuatro y medio por ciento (4,5%) la transmisión de dominios de inmuebles y rodados que se adquieran en remate público judicial o extrajudicial.

h) Del uno y medio por ciento (1,5%) para la explotación de salas de juego y/o provisión de máquinas tragamonedas, slots o similares, y cualquier otro servicio concesionado y/o contratado por el Instituto Provincial de Juegos y Casinos en el marco de la Ley 6362 y modificatorias, o la que en el futuro la reemplace.

i) Del uno por ciento (1%) los contratos de construcción de obras públicas comprendidos en la Ley N° 4.416 y sus modificatorias, por un monto superior a pesos quinientos millones ($500.000.000.-).



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Es inconstitucional para demanadar al estado por el art1764 del codigo civil argentino?


Hola buenas tardes. Qué pasa cuando se cortó el gas en todo el edificio y la Administración informa de modo incompleto qué arreglos deben hacer los departamentos, y al volver Metrogas a hacer la revisión queden clausurados porque no sabían qué debían arreglar? QUién es responsable alli?


me pueden explicar que la accion de amparo y habeas corpus


Si el cuidado es personal compartido , recursos ampliamente desiguales de los progenitores y cuota alimentaria infima. Considero que existiria violencia de genero económica, al aprovecharse el padre de su holgada situación económica y ejercer poder y control respecto a los alimentos , aprovechandose de la situación inferior en la que está inmersa la madre no teniendo recursos suficientes para solventar ni siquiera los gastos básicos de su hija menor. Recordemos gozar del mismo nivel de vida en ambos hogares ( art. 666 CCN). Desde mi óptica, se tendria que aumentar la cuota alimentaria en un monto dinerario y no compensandola en especie, como solicita el progenitor.


Que sucede con el excedente por encima del monto mencionado en el Articula 245 para empleados que NO OCUPEN POSICIONES DE DIRECCION? Ese excedente es gravado para Directores y Exento para empleados que NO tengan esa posicion /categoria en la empresa?


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