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Ley Impositiva Ejercicio 2020 Artículo 14 Provincia de Mendoza


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva Ejercicio 2020 Mendoza
Artículo 14.

A partir de la entrada en vigencia de esta Ley, introdúcense al Código Fiscal vigente las siguientes modificaciones:

a) Incorpórese como inciso 41 al artículo 238, el siguiente:

"El Instituto de Desarrollo Comercial (IDC), el Instituto de Desarrollo Rural (IDR) y el Instituto de Desarrollo Industrial, Tecnológico y de Servicios (IDITS) por los contratos que celebren. En estos casos, la obligación fiscal se limitará a la cuota que corresponda al contratante no exento." b) Sustitúyase el inciso 4. del artículo 306, por el siguiente:

"En los procesos laborales dentro de los diez (10) días de quedar firme la sentencia que recaiga.

El tribunal no podrá autorizar pago alguno a favor del o los condenados en costas y sus letrados, hasta tanto se acredite el pago de la Tasa de Justicia con más las multas e intereses que correspondan.

Cuando la Tasa de Justicia no haya sido pagada en término, se deberá notificar esa circunstancia a la Administración Tributaria Mendoza." c) Derógase el inciso 34 del artículo 189.

d) Sustitúyase el primer párrafo del artículo 178, por el siguiente:

"Para las operaciones efectuadas por comisionistas; consignatarios, mandatarios, corredores, representantes y/o cualquier otro tipo de operaciones análogas, cualquiera sea el medio utilizado (físico, electrónico por medio de plataformas digitales), cuando actúen por cuenta y nombre de terceros, la base imponible estará dada por la diferencia entre los ingresos del periodo fiscal y los importes que corresponden en el mismo a sus comitentes."



Provincia de Mendoza Artículo 14 Ley Impositiva Ejercicio 2020
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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