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Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 Artículo 93 Provincia de San Luis


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021 San Luis
Artículo 93.

Modificar el artículo 4°de la Ley N° IV-0088-2004 y sus modificatorias, el que quedará redactado de la siguiente manera:

"ARTICULO 4º.- Los recursos del Artículo 5° de esta Ley, recaudados hasta el día VEINTICUATRO (24) de cada mes, serán transferidos por el Poder Ejecutivo, a la cuenta corriente especial del Poder Judicial, dentro de los CUATRO (4) días hábiles posteriores. El Poder Judicial podrá tener a su cargo la liquidación y recaudación de la Tasa de Actuación Judicial prevista en el Libro Segundo, Sección Segunda, Titulo Primero del Código Tributario, Ley N° VI-0490-2005.".-

Provincia de San Luis Artículo 93 Ley Impositiva Anual para el Ejercicio 2021
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias


la peor fernando :(


buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?


Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.


en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.


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