Ley Impositiva Año 2020 Artículo 114 Provincia de Córdoba
Ley Impositiva Año 2020 Córdoba
Artículo 114. AGENCIA CÓRDOBA CULTURA SOCIEDAD DEL ESTADO Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba
Por los servicios que se enumeran a continuación, prestados por el Archivo Histórico de la Provincia de Córdoba, se pagarán las siguientes tasas:Concepto Importe
1.- Copia certificada impresa o copia digital con marca de agua:
1.1.- De documentos históricos, por cada página o imagen:.....$ 25,00
1.2.- De planos históricos, por cada página o imagen:.... $ 250,00
2.- Autorización para reproducción/impresión de documentos históricos de hasta Un Mil (1.000) ejemplares:......... $ 1.250,00
3.- Autorización para reproducción de imágenes de documentos
históricos en sitios web para fines comerciales durante seis (6)
meses:................................................. $ 1.000,00
4.- Transcripción de documentos antiguos - Siglo XVI, XVII, XVIII, XIX y XX, por cada página:............................... $ 250,00
5.- Testimonios de escrituras públicas, por cada escritura
completa:................................................. $ 750,00
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pido aclaratoria a lo siguiente: un terreno que tiene dueño desde hace 40 años, pero sus ancestros no dejaron ningún titulo ni boleto de compraventa, por lo tanto no se encuentra inscripto en registro de la propiedad, se considera del estado? gracias
la peor fernando :(
buenos días, consulto el delito de incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos admite el tipo doloso y culposo ?
Una consulta. Se puede cambiar el destino de una de las propiedades de un PH con la aprobación de la mayoría del consorcio aunque el reglamente diga que para cambiar el destino se necesita el acuerdo de la totalidad de los propietarios? El PH en el que vivo no tiene apto profesional y quisiera pasarlo a apto profesional. Esta el acuerdo de mas de los dos tercios pero hay un propietario, muy mayor, que no quiere firmar nada.
en los alojamientos penitenciario sería bueno que se implemente el acompañamiento legal y obligatorio en la requisas generales de los módulos, ya que a pesar de la prohibición de maltratos , los internos son golpeados y maltratados verbalmente por los uniformados que requisan.
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